OPINIÓN: No es absolución: el “no ha lugar” en el caso Gonzalo y la necesaria defensa del debido proceso
POR: RAFAEL MÉNDEZ
En medio del debate público que ha generado el caso de Gonzalo Castillo, es importante aclarar conceptos jurídicos que, aunque técnicos, resultan fundamentales para comprender lo que realmente ha ocurrido. No todo fallo judicial equivale a una absolución, ni toda decisión que favorece momentáneamente a un imputado significa el fin del proceso.
Conviene empezar por lo básico: ningún juez ha descargado ni declarado no culpable a Gonzalo. Esa decisión solo puede producirse en un juicio de fondo, luego de que se debatan las pruebas en un tribunal. Lo que se ha emitido en este caso es un auto de “no ha lugar”, una figura propia de la jurisdicción de instrucción que, en teoría, impide que el proceso avance a juicio cuando se considera que no existen méritos suficientes.
Sin embargo, lo ocurrido va más allá de una simple valoración jurídica. La jurisdicción de instrucción tiene la responsabilidad de examinar las pruebas presentadas por el Ministerio Público y las partes querellantes. En este caso, dichas pruebas fueron admitidas, lo que implica que el propio tribunal reconoció su existencia y pertinencia. Resulta entonces cuestionable que, al momento de dictar su fallo, estas mismas pruebas hayan sido ignoradas o no debidamente ponderadas.
Esa omisión no es un detalle menor. En derecho, la motivación de las decisiones judiciales es un pilar esencial del debido proceso. Un fallo que no se refiere a los elementos probatorios que sustentan una acusación puede ser considerado insuficiente, defectuoso o incluso inválido. De ahí que tanto el Ministerio Público como el Estado hayan ejercido su derecho a apelar.
Lejos de ser un acto irregular, la apelación es un mecanismo completamente normal dentro del sistema judicial. Forma parte del equilibrio de poderes procesales y garantiza que las decisiones puedan ser revisadas por instancias superiores. Pretender presentar este recurso como una persecución política es desconocer el funcionamiento básico de la justicia.
Más aún, el contexto del caso apunta a algo que no debe perderse de vista: estamos ante acusaciones de corrupción que, por su naturaleza, requieren el mayor nivel de transparencia y escrutinio. La sociedad tiene derecho a que estos procesos se lleven hasta sus últimas consecuencias, con todas las garantías, pero también sin atajos ni decisiones que generen dudas sobre su legitimidad.
En definitiva, lo que está en juego no es solo el futuro judicial de una persona, sino la credibilidad del sistema de justicia. Un “no ha lugar” no equivale a inocencia, ni una apelación constituye persecución. Es, simplemente, la manifestación de que el proceso sigue abierto y que aún queda camino por recorrer en la búsqueda de la verdad.
El país merece claridad, rigor jurídico y respeto absoluto al debido proceso. Todo lo demás es ruido.
El autor es expresidente de la Sociedad Dominicana de Medios Digitales (SODOMEDI) Seccional San Juan y miembro del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), filial San Juan, y director del periódico digital “El Fogón de San Juan.com”.

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