ARTICULO: El valor de los Símbolos Patrios
POR: ROBERTO ROSADO FERNANDEZ, EDUCADOR.
La constitución dominicana contiene en sus
artículos 30-31-32-33 y 34 los “Símbolos Patrios”, esto es, la bandera, el
himno nacional y el escudo nacional. Respetarlos es un deber constitucional.
Hacerle honor es una obligación y un deber que se debe inculcar a cada
ciudadano en el hogar, la escuela, los medios de comunicación y, en las
instituciones que forman parte del
desenvolvimiento del Estado.
Elevar, resaltar y tomar en cuenta el respeto
a los Símbolos Patrios, es una responsabilidad, debido a que, estos representan
la moral sentimental y emocional de cada componente de la nación. Respetarlos,
valorarlos y colocarlos en su justa dimensión, refleja el compromiso asumido
para su defensa en cada lugar donde nos encontremos en cada momento.
La forma más simple que expresa el
conocimiento y convencimiento del deber de respetarlos es cuando nos paramos al
subir o bajar la bandera y al escuchar las notas del himno nacional y lograr que
aquellos en los que influye lo hagan por
igual.
Reverenciarlos es reconocer el sacrificio de
nuestros héroes quienes lograron concebir el ideal de República y con ello los símbolos que la
representan y la identifican, que ofrendaron sus vidas y derramaron su
sangre para que hoy podamos exhibir esa
condición.
Esta sola parte merece ser reconocida por
cada ciudadano dominicano e inculcarla para que sea cumplida en cada escenario
donde se encuentre.
Respetar los Símbolos Patrios es respetarnos
a nosotros mismos y un paso certero hacia la unidad de la familia dominicana.
En el Juramento de Los Trinitarios, en 1838,
se destaca el compromiso hecho por los participantes de “cooperar con la vida y
bienes” para “implantar una República libre e independiente de toda dominación extranjera, la cual tendrá
un pabellón tricolor en cuartos encarnados y azules, con una cruz blanca”. Ahí
está la esencia de la patria.
Desde la concepción de la República los
símbolos patrios son la expresión de su identidad y su respeto es, más que un
deber, una obligación que debe ser cumplida por cada ciudadano salvo que sea
pasible de ser juzgado conforme a los postulados de la misma constitución así
como el contenido de la reciente Ley
210-19 QUE CONDENA LAS IRREVERENCIAS CONTRA LOS SIMBOLOS PATRIOS Y, establece castigos con multas de uno a cinco
salarios y prisión de quince a treinta días.
Hacerle honor a los símbolos patrios es un
acto de la constitución y violarlo merece castigo.
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