SANTO DOMINGO: SNTP saluda decisión TC rechazar recurso buscaba borrar información en periódico Acento.

 


Dice decisión fortalece libertad de información y dignidad en trabajo de prensa  en RD.

SANTO DOMINGO, R.D.- El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa ( SNTP), saludó la decisión del Tribunal Constitucional (TC), por rechazar un recurso jurídico  de un ex militar,  que pretendía  por uso de la justicia  borrar un contenido noticioso  publicado por el  diario digital Acento. com, hace unos 6 años.

El recurso fue promovido por el hoy excapitán  José Walnobi Nuñez Martínez, quien procuraba que la sentencia evacuada en la 8va, Sala Penal del Juzgado de  Primera Instancia  del Distrito Nacional, marcada con el número 046- 2019, SSEN -00012, fuera modificada a  favor de 5 ex oficiales separados de las Fuerzas Armadas, entre ellos èl.

José Beato secretario general del sindicato de la prensa, consideró como relevante está decisión, ya que un número creciente de ciudadanos denunciados en medios de comunicación por alguna acción, realizan presiones e intimidaciones  para que los contenidos sean borrados, sin antes usar el derecho constitucional a la réplica, como establece la constitución de la República.

"El fallo de esta sentencia sienta un precedente de alto valor para los crecientes medios digitales, al igual que lo ha sido la sentencia del TC- 75/16, que eliminó 7 artículos de la ley 6132, y con ellas da origen a  jurisprudencias que será un marco referencial en el ejercicio del periodismo ". Expresó Beato.

Indica que adquiere más valor debido a que un grupo de exmilitares expulsados de las filas de los cuerpos Castrenses en noviembre del año 2015, por supuestamente por  estar vinculados supuestamente a trasiego de drogas e inconductas sexuales, exigiera al periódico  Acento.com, que borrará la información  publicada por un periodista,en franco desprecio por la  libertad de expresión y el libre ejerció del periodismo.

La  información fue publicada por  Julián Herrera, un periodista experto en temas Aeroportuarios y militares, bajo el título " Cancelan otros 5; oficiales, 4 por narcotráfico y uno por acoso sexual", quien dió seguimiento a este y otro caso, dando a conocer las expulsiones de militares y policías  realizadas por el ministerio de Defensa y la Policía Nacional.

Aspectos relevante de la sentencia para la libertad de prensa .

El Tribunal Constitucional(TC),, al invocar, que el juzgado de Primera Instancia  del Distrito Nacional, debió no declarar inadmisible, el recurso fallado el 23  de enero del 2919, sino, más bien que  desde esa instancia debió  proceder a rechazarlo, por improcedente, mal fundado y carente de base legal.

Refiere que la inadmisibilidad, no toca  ni conoce el fondo del asunto, por lo que deja espacios vacíos que pudieran prestarse a  falsas interpretaciones y es por eso que emite la presente sentencia, dónde se rechaza el recurso, cerrando por siempre toda posibilidad de volver  a intentarlo .

El tribunal  de alzada  con esta decisión de rechazar  la  precitada sentencia, dota a los trabajadores de prensa, así como a los  usuarios de medios digitales de una jurisprudencia, como referente a favor de la libertad de expresión y el libre ejercicio del periodismo en el marco de la digitalización de la economía.

La pieza Jurídica en la que el TC, niega que la prensa nacional, borre contenidos a título de noticias a solicitud de ciudadanos y en este caso por un ex militar, fue botada con tres abstenciones correspondientes a los jueces Lino Vásquez Samuel, Alba Luisa Beses Marcos y Miguel Valera, mientras que la magistrada Katia Miguelina Jiménez, emitió un voto salvado

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